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Apr / 2015

Reglamento Promoción

Este reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se regirá el concurso denominado AUTOSTAR, ESTA SOLO organizado por AUTOSTAR VEHICULOS S.A., en adelante y para efectos de este reglamento se denominara ORGANIZADOR Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para participantes y el ORGANIZADOR. La promoción, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que se deriven o se llegasen a derivar por la ejecución de esta promoción, son y serán propiedad exclusiva de AUTOSTAR VEHICULOS S.A. o a quien esta ceda esos derechos. Este concurso regirá solamente para los Propietarios registrales de camiones inscritos en el Registro Publico de la Republica de Costa Rica, con el derecho de circulación al día, de la marca FREIGHTLINER y que cumpla los requisitos de participación que se dirá. Al participar en este concurso, el consumidor, participante acepta, asume el compromiso de someterse a estas reglas y entender las mismas y a las decisiones del ORGANIZADOR que tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados con el concurso. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos o sistemas establecidos para el concurso implicará la inmediata exclusión de la misma y/o la revocación, cancelación, retiro del premio. Artículo 1. DEFINICIONES: PREMIO será el único beneficio que obtendrá el eventual participante ganador. VEHICULO automotor inscrito en el Registro Público, Sección Vehículos a nombre del participante. DERECHO DE CIRCULACION marchamo que permite la circulación de los vehículos en territorio al nacional. AL DIA se refiere que no adeude suma alguna por ese concepto al momento de participar o retirar el premio. CONSUMIDOR, PARTICIPANTE persona física, jurídica que acepta el presente reglamento y desea participar en la promoción indicada. Artículo 2. Del Organizador: El Concurso AUTOSTAR, ESTA SOLO, es propiedad exclusiva de AUTOSTAR VEHICULOS SOCIEDAD ANONIMA, cédula de persona jurídica número tres - uno cero uno – trescientos treinta y seis mil setecientos ochenta sociedad debidamente inscrita y vigente en la Republica de Costa Rica quien es el titular y propietario de dicha promoción y distribuidor autorizado de los repuestos originales de las marca Mercedes Benz, Dodge, Jeep, Freightlliner cuya aplicación se circunscribirá únicamente en carácter personal a las personas residentes en la República de Costa Rica o sociedades debidamente inscritas en el registro Publico de la republica de costa rica al día con el impuesto de las sociedades. La promoción, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor (©), de imagen, voz que se deriven o se llegaren a derivar por la ejecución de esta promoción, son y serán propiedad exclusiva del ORGANIZADOR indistintamente sin que se pueda reclamar remuneración alguna por ello. Todo reclamo, recepción de algún premio, participación de la promoción, implicara necesariamente el conocimiento y la aceptación de todas las disposiciones de este Reglamento y sus modificaciones. Para todos los efectos legales, el organizador entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese consentimiento, se verificara por el solo hecho de participar, o de reclamar el premio respectivo. Artículo 3, QUIENES NO PUEDEN PARTICIPAR: además de lo aquí expuesto no podrán participar; a. Empleados, ejecutivos y funcionarios del organizador b. Empleados, ejecutivos y funcionarios de la Agencia de Publicidad c. Empleados, ejecutivos, funcionarios de la Agencia de viajes, línea aéreas, empresa Hotelera involucrada con el o los premios que se darán d. El participante que denuncie, demande judicial, administrativamente, ante la comisión de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor al Organizador, haya tenido, o tenga deudas en mora (atrasadas) con el Organizador o cualquiera de sus subsidiarias, haya establecido o tenga en curso cualquier tipo de proceso judicial, administrativo de cualquier índole contra el organizador. e. El Participante que al momento de la entrega del premio no desee firmar una copia del presente reglamento como señal de aceptación adicional de las condiciones del mismo, dando por aceptadas las condiciones del mismo en su totalidad. f. Aquellos prófugas de la justicia nacional o Internacional, con causas judiciales pendientes g. Quien no cumpla con las disposiciones de este Reglamento. h. Quien no acepte el presente reglamento en su totalidad. i. No se puede ceder, negociar, heredar el derecho de participación es personalísimo sus efectos, participación, disfrute. j. No podrán participar directa o indirectamente aquellas personas físicas que tengan obligaciones económicas en mora con AUTOSTAR VEHICULOS S.A. o cualquiera de las empresas del grupo de interés económico de esta, o que tengan cualquier tipo de demanda o reclamo en su contra. k. Los empleados de la organizadora, así como los familiares de estos hasta el segundo grado de consanguinidad y/o afinidad; tampoco podrá participar el personal de las agencias de publicidad de la Organizadora, agencias de promociones y/o proveedores involucrados en la promoción. l. Quien este participando en otro concurso o descuento con el Organizador sin importar la marca. m. Quienes no tengan documento de identificación vigente durante n. En caso de sociedades anónimas que no se encuentren al día con el impuesto de sociedades o. Quienes no tengan al día el derecho de circulación del vehículo por el cual este participando p. Quienes no sean dueño registral del vehículo por el cual estén participando q. No se entregará el premio hasta tanto el organizador compruebe que el participante cumplió con todo lo indicados en el presente reglamento Artículo 4. Del Plazo del Concurso: El Concurso se regirá por los siguientes plazos: a. PLAZO PARA PARTICIPAR El plazo para participar es del día 20 de abril del año 2015 al 04 de Junio del año 2015 b. FECHA DEL SORTEO Se efectuara un solo sorteo para la escogencia del ganador ante Notario Público de la elección del Organizador, para lo cual tendrá el organizador hasta un mes después de finalizado el plazo de participación para realizarlo. C.PLAZO PARA RECLAMAR Y ENTREGAR EL PREMIO El ganador deberá reclamar su premio en las oficinas del Organizador en la uruca en un plazo máximo de dos semanas después del anuncio del ganador que se hará ya sea mediante aviso directamente al ganador, o por la publicación en la página web https://www.autostar.cr . Reservándose el derecho el ORGANIZADOR de extender la promoción o fecha del sorteo más allá del plazo establecido en esta cláusula no pudiendo superar a dos meses dicha extensión. Esta extensión se dará a conocer a través de la publicación de una modificación, adición o aclaración al Reglamento, mismas que serán aceptadas incondicionalmente por los participantes y notificada con la publicación de dicha prorroga en la dirección indicada. Artículo 5. Exclusividad del Concurso: Este Concurso está dirigido únicamente a aquellas personas físicas y/o jurídicas para que sean Propietarios registrales de camiones inscritos en el Registro Publico de la Republica de Costa Rica, con el derecho de circulación al día, de la marca FREIGHTLINER. Artículo 6. De los participantes: Podrán participar todas las personas Jurídicas activas conforme a derecho, y/o físicas que envíen mensaje de texto como se dirá en el periodo indicado sin importar su nacionalidad o condición migratoria en el país siempre y cuando tenga original del documento de identificación en buen estado, legible, vigente. En esta promoción en el caso de personas físicas participan únicamente personas mayores de 18 años de edad que no tenga ningún tipo de impedimento legal, mental declarado. La mayoría de edad deberá demostrarse al momento en que el ORGANIZADOR lo solicite mediante documento válido, vigente, y contar con la mayoría de edad efectiva (18 años cumplidos) al momento del inicio de la promoción. Para participar, deberán además cumplir con todas las condiciones que se estipulan en este Reglamento. Toda persona que desee participar en la promoción o reclamar un premio, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el reclamo y el eventual recibo del premio con lleva la forzosa e ineludible obligación de conocer y aceptar las condiciones de participación, así como las limitaciones, restricciones y responsabilidades en cuanto al premio. En el caso de Personas Jurídicas, deben estar vigentes, sin ningún tipo de intervención legal o quiebra, con el impuesto de sociedades al día, así mismo en el caso de personas Jurídicas la sociedad deberá mediante acta de socios debidamente protocolizada ante notario público designar las personas físicas que en su lugar disfrutara del premio - Se considerara participante únicamente a la persona física, jurídica que sea el propietario registral del vehículo que se consigne al momento de participar Todos los requisitos de participación se mantendrán durante el plazo de participación y al momento de poder retirar el premio. Artículo 7. PREMIO, OBSEQUIO: Un solo premio que incluye en un Kit de Overhaul PARA MOTOR retro diesel serie 60 ddec III ddec IV, que incluyen en Rectificación de Cabezote, y los repuestos para ese fin. Artículo 8. DE LA MECANICA: Durante el plazo de la promoción el participante además de haber leído entendido y aceptado el presente reglamento podrá participar únicamente: 1. Enviando NUMERO DE CEDULA, PLACA DEL CAMION, NOMBRE COMPLETO, NUMERO DE TELEFONO, EMAIL ELECTRONICO mediante mensaje de texto al número 60029080, el costo de envió del mensaje correrá por cuenta del participante y no es reembolsable. El envió y recibido del mensaje será responsabilidad única del proveedor del servicio telefónico al consumidor. EL Organizador utilizara para recopilar esta información a la empresa Ready Money S.A. con cedula de persona jurídica cedula 3-101-637055, 2. En la página https://www.autostar.cr deberá el participante completar el formulario de participación que se establece y enviar el mismos Solamente participara una placa de vehículo por mensaje no se podrá repetir la placa de vehículo en otro mensaje. De los participantes durante el plazo de la promoción se escogerá al azar tres ganadores en la fecha de sorteo, en presencia de un Notario Público, de los cuales de acuerdo a la orden de aparición será GANADOR y dos suplentes que serian los favorecidos si alguno de los antecesores ganadores no reúnan o cumplan los requisitos aquí indicados. El/La participante ganador (a) será contactado vía telefónica 8 intentos o por un periodo de 30 minutos, para realizar la validación de los datos de identificación personal y contacto (nombres completos, número de cédula, correo electrónico, teléfono de domicilio u oficina y celular). Es importante que los datos ingresados al inicio del concurso sean reales y válidos. El ganador podrá ser anunciado en el muro, dirección electrónica de Facebook del Organizador o el medio publicitario que este considere. El ganadores cuenta con 48 horas después del sorteo para contactarse con el Organizador, o bien incumpliera total o parcialmente este reglamento el organizador se reserva el derecho de dar por terminada la promoción sin asignar ganador alguno o en su defecto a escoger a un segundo ganador de acuerdo a la orden de aparición en la escogencia inicial En caso que el bien ese inscrito a nombre de dos o más personas al momento de la entrega del premio deberán acudir las personas dueñas registrales del bien a indicar al organizador por escrito mediante nota debidamente autenticada por Notario Publico de Costa Rica quien será el beneficiario del premio. De no existir acuerdo entre las partes en ese momento se anulará de pleno derecho el premio pudiendo el Organizador disponer del premio a su antojo, sin ningún tipo de responsabilidad. Artículo 9 FORMA DE RECLAMAR el premio; El ganador deberá presentarse dentro de un mes calendario después de que se publique que ha sido favorecido, con documento de identificación legible, vigente en original. En caso de personas jurídicas, lo hará el representante legal, con facultades suficientes para el acto con personería Jurídica original emitida por el Registro Público o Notario Público el día del reclamar el premio. La ausencia de alguno de estos requisitos dará libertad a Autostar Vehículos S.A. de disponer del premio, sin tener ninguna responsabilidad por ello. Así mismo al momento del retiro del premio el vehículo cuya placa consigno en el mensaje de participación deberá estar inscrito aun a su nombre y sin traspaso alguno anotado. Artículo 10. Responsabilidad del Organizador: El ORGANIZADOR es responsable únicamente por la aplicación del Concurso en el plazo establecido. No se aplicará ningún derecho al participante que no cumpla con las disposiciones de este Reglamento. Artículo 11. De la Ampliación: El ORGANIZADOR se reserva el derecho de ampliar oportunamente el plazo del concurso o del sorteo. Artículo 12. De la Publicidad del Reglamento El presente Reglamento será publicado en la página Web del ORGANIZADOR: www.autostar.cr , en cualquier momento antes del Plazo de la Promoción. Además, el mismo será puesto a la vista y disposición para conocimiento de los participantes, en las instalaciones del Organizador y sus subsidiarias. Artículo 13. CADUCIDAD DEL CONCURSO Los plazos aquí indicados son fijos. Los actos llevados a cabo fuera de esos periodos no otorgarán derecho alguno a la promoción aquí indicada. Artículo 14. Con la participación, aceptación los participantes reconocen que han leído, entendido y aceptado todas las regulaciones aquí impuestas, en especial pero no limitado, que el Organizador ha dispuesto para dicha promoción. ARTICULO 15. NATURALEZA DEL CONCURSO Los beneficios de este concurso son personales, no transferibles a la persona física o jurídica que no figure en el mensaje de participación. Los derechos de los participantes no podrán ser canjeado, sustituido, gravado, heredado, donado, vendido o cedido, ni en ninguna forma traspasado a persona alguna y solamente podrá ser aprovechado por el participante inicial (sea quien figura como cliente) en forma personal. El premio resulta intransferible, no podrá ser negociable, ni puede ser comerciado o canjeado por dinero en efectivo, o entregado lugar distinto que las instalaciones del Organizador. ARTICULO 16. SOBRE SUSPENSION DE LA PROMOCION En caso de fuerza mayor, EL ORGANIZADOR, se reserva el derecho de modificar total o parcialmente, o suspender indefinidamente el Concurso sin tener responsabilidad alguna por este hecho, bastando el simple aviso en el mismo medio de comunicación que se haya publicado este Reglamento por cualquier medio escrito, visual, auditivo o en la dirección electrónica www.autostar.cr , lo cual es responsabilidad del participante de estar revisando periódicamente dicho sitio web. ARTICULO 17. EL ORGANIZADOR se compromete a cumplir la promoción en las condiciones en que se han ofrecido en el presente Reglamento o la publicidad y por lo tanto no se aceptarán solicitudes de mejoría o cambios de ningún tipo. ARTICULO 18. En la publicidad de la presente promoción se ha suministrado la información suficiente con respecto a la Promoción y se ha consignado la frase “Sujeto a restricciones. Ver Reglamento publicado en “www.autostsar.co.cr”, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción, está sujeta a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones se indican en este Reglamento o en cualquiera de sus adiciones o aclaraciones. ARTICULO 19. El Concurso se rige por este Reglamento, sus modificaciones, adiciones o aclaraciones, y en forma supletoria y complementaria se tiene por incorporada la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la comisión del consumidor, en cuanto sean aplicables. ARTICULO 20. Cualquier asunto que se presente el Concurso y que no se encuentre previsto en el presente Reglamento, será resuelto por el ORGANIZADOR, en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica. ARTICULO 21. El simple acto de reclamar la promoción tal y como se describe en este reglamento, dará por hecho que el o la participante, conoce de la existencia de las condiciones y limitaciones de la promoción, a las cuáles se han adherido. ARTICULO 22. OTROS EXTREMOS 1. El ORGANIZADOR no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el participante para participar en la presente promoción. 2. Si el participante no acepta el presente programa o sus condiciones, se considerara renunciado a la promoción y extinguido en relación con el participante y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. 3. El ORGANIZADOR suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses del ORGANIZADOR. 4. El Organizador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción. Dicha modificación del reglamento será incluida en la sustitución del archivo en www.autostar.cr 5. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, las personas que resultaron favorecidas autorizan a que sus nombres, imagen, voz aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los premios, fotos, grabaciones, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, los cuáles se tienen por cedidos temporalmente pero solo para los efectos de divulgación del resultado de esta promoción. 6. Si se demuestra que una persona no brindó los datos correctos, o recibió un premio por medio de engaño o incluso por error, el organizador podrá exigir la devolución del premio entregado en cualquier momento, y se reserva el derecho de tomar acciones legales del caso. 7. El organizador suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegare a detectar irregularidades, como alteraciones, imitaciones, reimpresiones, sustituciones o cualquier otra irregularidad que se detecte en los mensajes, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses del organizador. Esta circunstancia se comunicará públicamente, fecha a partir de la cual se dejará sin efecto esta promoción. 8. La Organizadora se reserva el derecho de modificar las fechas, ubicaciones, sorteo y/o eventos para todas las actividades de esta promoción, para lo cual realizará comunicación a través de los medios pertinentes. 9. El premio contara con una garantía de 30 días después de entregado. 10. El premio a entregar no es compensables en dinero u otro bien, ni cuenta con posibilidad de endoso o traspaso a terceras personas que no correspondan al favorecido. 11. Cualquier otro costo aquí no indicado correrán por cuenta del ganador bajo su responsabilidad. 12. Si el participante no acepta el presente reglamento sus condiciones, se considerara renunciado a la promoción y extinguido en relación con el participante y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. 13. El ORGANIZADOR suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses del ORGANIZADOR. 14. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, las personas que resultaron favorecidas autorizan a que sus nombres, imagen, voz aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, los cuáles se tienen por cedidos temporalmente pero solo para los efectos de divulgación del resultado de esta promoción. 15. Si se demuestra que una persona no brindó los datos correctos, o recibió un premio por medio de engaño o incluso por error, el organizador podrá exigir la devolución del premio entregado en cualquier momento, y se reserva el derecho de tomar acciones legales del caso. 16. El premio se retirara el día, hora y lugar que indique el organizador al ganador, siempre y cuando el ganador haya cumplido con todos los requisitos del presente Reglamento. 17. La responsabilidad del organizador finaliza con la entrega del premio. Artículo 23 USO DE LA INFORMACION CREADA. Las personas que participan en el presente concurso pasaran a formar parte de la base de datos de AUTOSTAR VEHICULOS S.A. y empresas relacionadas. Para efectos de mercadeo, la persona que participa acepta que la información ahí consignada pueda ser empleada para él envió de ofertas y promociones. Si algún participante no está de acuerdo que su nombre aparezca en la base de datos y que la misma pueda ser empleada con efectos discrecionales de mercadotecnia, deberá renunciar a participar o al premio. Así mismo se compromete actualizar los datos en caso de cambio de alguna de la información suministrada inicialmente. Artículo 24. De la Publicidad del Reglamento El presente Reglamento será publicado en la página Web del ORGANIZADOR: www.autostar.cr , en cualquier momento antes del Plazo de la Promoción.

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